Desarrollo Urbano

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Para ordenar mejor el estacionamiento vehicular

La Ciudad unifica la señalización en calles y avenidas

El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires resolvió unificar criterios de señalización para el estacionamiento vehicular, con el fin de contribuir a un mejor ordenamiento normativo y favorecer la circulación del tránsito en el marco del Plan de Movilidad Sustentable que lleva adelante.

Estas medidas fueron dispuestas por el Ministerio de Desarrollo Urbano a través de la Subsecretaría de Transporte.

En las calles con único sentido de circulación, sobre acera derecha y en las avenidas en ambas aceras, se reemplazará la cartelería actual, que tiene prohibiciones horarias con distinto tipo de señalamientos (24hs / lunes a viernes de 7 a 21hs / lunes a viernes de 7 a 21hs y sábados de 8 a 13hs).

En estos casos, salvo excepciones, serán unificadas por cartelería que prohibirá uniformemente los días hábiles de 7 a 21 horas, permitiendo estacionar de lunes a viernes de 21 a 7 horas y todo el fin de semana y los feriados las 24 horas.

En una primera etapa las medidas se implementarán en el micro y macro centro, pero luego se harán extensivas a toda la Ciudad.

El Ministerio de Desarrollo Urbano recordó además que se mantiene la prohibición de estacionar en paradas de colectivos, en las esquinas siguiendo la línea imaginaria de la ochava, en los accesos de discapacitados y estacionamientos.

En el mismo sentido, ya se puede consultar vía Internet la normativa vigente para cada calle en particular del micro y macro centro ingresando a: www.estacionamiento.gob.ar

La normativa vigente respecto al estacionamiento en la Ciudad de Buenos Aires es el siguiente:

Normas Generales de Estacionamiento (art 7.1.2 del código de transito)

  • Calles sentido único: queda prohibido el estacionamiento general de vehículos junto a la acera izquierda, todos los días durante las 24hs. Se encuentra permitido estacionar junto a la acera derecha, todos los días durante las 24hs., excepto que la señalización en la vía pública indique lo contrario.
  • Calles doble sentido: se encuentra permitido estacionar junto a ambas aceras, todos los días durante las 24hs., excepto que la señalización en la vía pública indique lo contrario.
  • Av. doble sentido: queda prohibido el estacionamiento general de vehículos junto a ambas aceras, los días hábiles de 7hs a 21hs., excepto que la señalización en la vía pública indique lo contrario.
  • Avenidas con sentido único de circulación: queda prohibido el estacionamiento de vehículos junto a la acera izquierda, los días hábiles de 7hs a 21hs. Se encuentra permitido estacionar junto a la acera derecha, todos los días durante las 24hs., excepto que la señalización en la vía pública indique lo contrario.
  • Avenidas donde no se permite el estacionamiento durante las 24 hs.: Avda. 9 de Julio, Perito Moreno, Intendente Cantilo, Leopoldo Lugones, y calzadas centrales de las Avdas L. N. Alem, Paseo Colón, y Sáenz.
Por el artículo 2.3.4 del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad de Buenos Aires: “El orden de prioridad normativo que el usuario de la vía publica debe respetar es el siguiente:


1) señales u órdenes de la autoridad de control;

2) señalación circunstancial que modifique el régimen normal de uso de la vía publica; 3) semáforos;

4) señales verticales y demarcación horizontales;

5) las normas legales de carácter general.

Publicación: 26 de noviembre de 2009