Normativa

Sancionaron la Ley de préstamos y retiros de obras de Museos de Buenos Aires

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La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sancionó el pasado 3 de noviembre de 2011 la Ley Nº 3963 que establece las normas para regular los préstamos y retiros de piezas u obras de arte de los Museos del Gobierno de la Ciudad.

Sólo podrán realizarse préstamos y retiros de piezas u obras de arte para ser exhibidas en muestras o exposiciones; por restauraciones y/o intervenciones necesarias para su conservación y/o preservación; o por reparaciones edilicias del museo.

La nueva ley establece además que las piezas se prestarán durante un lapso no mayor a los (60) sesenta días con opción a (6) seis días para los preparativos previos a la inauguración de la muestra o exposición y para los correspondientes al desmontaje y traslado. Cuando el préstamo fuera para el interior y exterior del país, los lapsos permitidos serán de (90) noventa días con opción a (8) ocho días y 120 (ciento veinte) con opción a (14) catorce días respectivamente. Excepcionalmente, estos plazos podrán ser extendidos mediante una resolución del ministerio competente mediante disposición fundada por hasta otros (30) treinta días.

En caso de tratarse de trabajos de restauración, conservación, preservación y/o reparaciones edilicias se deberá entregar un informe detallado de las intervenciones a realizar sobre la obra de arte o las edilicias y el tiempo estimado para llevar a cabo las mismas en forma previa a realizar el retiro, siempre que esta situación no agrave el estado de las obras. Se seguirá el procedimiento de autorización que corresponda, no estableciéndose para estos casos limite de tiempo.

La nueva normativa permitirá mayor flexibilidad, control, seguridad y cuidado en lo que respecta a los préstamos de obras de los museos de la ciudad.