Preguntas frecuentes

Aquí podrá encontrar la respuesta a su inquietud

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1- ¿Cómo saber si tengo infracciones de tránsito pendientes?

Puede consultar ingresando el número de su DNI o el dominio/patente del vehículo. La búsqueda es sólo por una de estas opciones. Consulta de infracciones

2- ¿Cuándo consultar por DNI? ¿cuándo por N° de Dominio?

Se debe consultar por DNI cuando se necesita el libre deuda de infracciones para la renovación del registro de conductor.
Se debe consultar por dominio cuando se necesita la constancia de infracciones para la compra y venta, baja de dominio o gestiones relativas al seguro del vehículo.

3- ¿Es posible imprimir Boletas de Pago?

Sí. Sólo para las infracciones que admiten Pago Voluntario. Una vez realizada la consulta seleccionar las actas a pagar y, a pie de página, presionar “Imprimir boleta pago”. Con la boleta impresa es posible abonar a través del Banco Ciudad y en las sucursales de Pago Fácil, RapiPago o BaproPagos. Los pagos realizados por esta modalidad se acreditarán a las 96 hs. de haberse realizado. Siendo la acreditación de los mismos condición necesaria para tramitar el certificado de libre deuda.

4- ¿Qué se debe hacer si figuran infracciones del anterior dueño del vehículo?

Debe realizarse el trámite de actualización del padrón automotor en la delegación de la DAI (Dirección General de Administración de Infracciones) más cercana a su domicilio o en Av. Regimiento de Patricios 65. Si se dirige a una delegación de un CGP o si no tiene Denuncia de Venta debe presentar Historial de Dominio o Informe de Dominio que otorga el RNPA. En caso de tener la Denuncia de Venta sólo puede realizar el trámite en Av. Regimiento de Patricios 65.

5- ¿Cómo reclamar si se cuestiona la validez de una infracción?

Debe efectuar una gestión ante la Delegación de la DAI en Av. Regimiento de Patricios 65 de 8 a 13 y de 14 a 18 hs.

6- ¿Qué trámite debo hacer si no estoy recibiendo las multas en mi domicilio?

Efectuar el cambio de domicilio postal en una delegación de la DAI. Para realizar esta gestión es necesario presentarse con DNI (original y fotocopia de primera página y de la que figure el domicilio actual) y cédula verde o título de propiedad del vehículo (original y fotocopia).

7- ¿Qué plazo existe para efectuar el pago voluntario?

Hasta la fecha de vencimiento que figura en la citación se puede pagar voluntariamente con descuento, o presentarse ante un controlador si se considera que la infracción fue mal labrada o no fue cometida.

8- ¿Cuándo no se puede efectuar el pago voluntario?

Cuando el estado de la infracción es: "Resolver en la UACF (Unidad Administrativa de Control de Faltas)". Es el caso de infracciones no sujetas al régimen de pago voluntario por Ley 451 o actas de infracción con problemas formales en su confección o registro.

El titular del vehículo debe concurrir a la DAI, Av. Regimiento de Patricios 65, para presentarse ante el controlador asignado. El controlador es quien decide si corresponde pagar la infracción o debe ser desestimada.