Subsidios

En función de la ley 3372 se crea el Fondo Único Descentralizado de Educación (FUDE), subsidio que será transferido por el Ministerio de Educación a las Escuelas a través de las Asociaciones Cooperadoras.

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FUDE

La Ley 3372 crea el «Fondo Único Descentralizado de Educación» (FUDE) destinado a todos los establecimientos educativos de gestión estatal, de todos los niveles y modalidades, pertenecientes al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Ley tiene por finalidad establecer el marco normativo para la creación, administración y ejecución del FUDE en orden a posibilitar una utilización eficiente y eficaz de fondos públicos destinados a educación. La Autoridad de Aplicación transfiere los recursos que integran el FUDE a las asociaciones cooperadoras de cada establecimiento para su ejecución conforme al Plan Anual que elabore la comunidad educativa de acuerdo a lo establecido en el artículo 8º de la presente norma.

Según el Art. 4 de la ley, el monto del FUDE para cada establecimiento educativo se determina considerando los siguientes indicadores:

  • Matrícula de alumnas y alumnos.
  • Índice de Vulnerabilidad Educativa (IVE) según la Dirección de Investigación y Estadística del Ministerio de Educación del GCABA. Características edilicias: cantidad y calidad de aulas, patios y jardines, pisos y paredes, superficie vidriada, sanitarios, luminarias, etc.
  • Necesidad de materiales destinados a las actividades didácticas de docentes y alumnos/as y a la administración escolar.
  • Requerimiento de bienes de uso aplicados al desarrollo de actividades educativas.

Según lo normado en el Art. 5, los recursos percibidos en concepto de FUDE deben ser afectados a la ejecución de las actividades contempladas en el PAI que se define para cada institución educativa, reservando hasta un máximo del 30% y un mínimo de 20% de los recursos para solventar gastos menores de mantenimiento para el adecuado funcionamiento del edificio escolar.

Para cobrar el subsidio FUDE, las Asociaciones Cooperadoras deberán cumplir las siguientes condiciones:

  • Presentar el Plan Anual Institucional dentro de los 45 días de iniciado el ciclo lectivo y elevar copia autenticada (firma, sello del director/a o rector/a más leyenda «Es copia»).
  • Presentar el Cuadro Demostrativo de Recursos y Gastos del ejercicio inmediato anterior, dentro de los 30 días de iniciado el ciclo lectivo.
  • Presentar rendiciones de los subsidios FUDE cobrados en el ejercicio anterior (podrá quedar como remanente del ejercicio anterior hasta un 10% de los fondos recibidos).

Rendiciones

Una vez efectuados los gastos correspondientes al subsidio a rendir, se deberá realizar su rendición, completando el Aplicativo Anexo A con los siguientes datos formales: nombre de la escuela, número, área, distrito escolar, teléfono, dirección, nombre de la asociación cooperadora y correo electrónico. Por otro lado, se deberá indicar subsidio, cuota, año, fecha de depósito, importe total recibido (y saldo anterior en caso de corresponder).

El aplicativo cuenta con 12 hojas más dorso en la que se deberán cargar en forma correlativa los gastos imputados a la cuota FUDE a rendir. La carga deberá ser coincidente con las imputaciones efectuadas en el Libro Diario Multicolumnal.

En el caso de utilizar la totalidad de las filas de la primera hoja, se continuará con la carga de los gastos de la rendición en la hoja inmediata subsiguiente sin necesidad de transportar datos ya que la planilla de rendición lo trasladará de manera automática.

Las rendiciones de subsidios se concretarán al elevar a la Subgerencia Operativa de Control Contable y Verificaciones de la DGSE el aplicativo Anexo A con la documentación respaldatoria necesaria.

Anexo «A»

De izquierda a derecha se deben llenar los siguientes campos:

  • Factura/letra: a través de un menú desplegable podremos seleccionar el tipo de factura (B, C o ticket) permitidos para la rendición. En cada caso se debe seleccionar la letra correspondiente al comprobante rendido.
  • Número de factura: se debe colocar el número completo, considerando tanto los cuatro dígitos correspondientes al punto de venta, como también los que corresponden a la identificación de la factura, sin colocar guiones ni separadores, ya que los mismos se incorporarán de manera automática debiendo cargarse de corrido los doce números de la factura.
  • Fecha de la factura: se debe colocar la fecha de facturación respetando el formato: día, mes, año utilizando dos dígitos para indicar día y mes, y cuatro para indicar el año (DD/MM/AAAA).
  • Empresa/Identificación del proveedor: se debe completar el nombre del proveedor tal como aparece en la factura.
  • N.° de CUIT de la empresa: se debe completar el CUIT del proveedor sin utilizar separadores ya que serán incorporados de manera automática debiendo cargarse de corrido los once números del CUIT.
  • Importe general (70 %): en esta columna se deben cargar todos aquellos gastos que NO correspondan a mantenimiento edilicio.
  • Importe mantenimiento: en esta columna se deben cargar los gastos que corresponden a mantenimiento. De acuerdo al Art. 5 de la Ley 3372, de cada cuota se podrá destinar entre un 20 % y un 30 % del importe total cobrado para gastos menores de mantenimiento edilicio.
  • Motivo del gasto: en esta columna se deberá explicitar el objeto del gasto, pudiendo detallar los elementos adquiridos en forma enumerativa, o el concepto de gasto en forma descriptiva.

La presentación de la rendición se realizará vía Expediente Electrónico. Será necesario además enviar el Anexo «A» completo vía correo electrónico al corrector de Control Contable que corresponde según el D. E.

Para la rendición del subsidio se deberá haber gastado al menos el 80 % del importe total recibido. Para la rendición de las cuotas debe tenerse en cuenta el saldo anterior pendiente de rendición (Art. 7 Disposición 11/2009).

La rendición deberá elevarse con la documentación respaldatoria solicitada según lo dispuesto por la Disposición N.º 96-DGSE-2016.

Asimismo se recuerda que el Anexo «A» debe cumplimentarse en papel y ser enviado mediante Expediente Electrónico a la DGSE o a la que en el futuro cumpla las mismas funciones. Asimismo, deberá presentarse en forma digital utilizando el aplicativo provisto por la Dirección General de Servicios a las Escuelas. Dicha copia digital puede remitirse por cualquier soporte de información digital, como documento de trabajo del expediente electrónico por el cual tramita la rendición, en un CD o puede ser enviada por mail al responsable del control de la rendición, dejando constancia de su envío al dorso de la planilla Anexo «A».

ACLARACIÓN: Toda la documentación adjunta deberá estar firmada por el Asesor Natural de la Asociación Cooperadora, con su respectiva aclaración o sello y leyenda «Es copia».