Bases y Condiciones

Conocé las Bases y Condiciones de Barrios Creativos 2018

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ANEXO I

BARRIOS CREATIVOS

BASES Y CONDICIONES

1) ÍNDICE

2) MARCO GENERAL

3) DESTINATARIOS

4) FORMA Y PLAZO DE INSCRIPCIÓN

5) EVALUACIÓN Y SELECCIÓN

6) ACTA ACUERDO

7) LISTA DE DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA PRESENTAR LA SOLICITUD

8) PLAZOS Y FECHAS

9) RESPONSABILIDADES Y DERECHOS

10) LEGISLACIÓN APLICABLE Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS

11) AUTORIZACIÓN PARA UTILIZACIÓN Y DIFUSIÓN DE IMAGEN

12) IMPEDIMENTOS PARA PARTICIPAR

1. MARCO GENERAL

LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN CULTURAL -DEPENDIENTE DE LA SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL DEL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD convoca a los / las organizaciones sociales y culturales de los barrios que integran la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para participar en la Primera Edición del Programa “Barrios Creativos”. Dirigido al ecosistema cultural (privado) perteneciente a las 15 comunas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a fin de que éstos presenten ideas-proyectos colaborativos y/o participativos en el territorio; con una programación que cuente con cuatro (4) actividades como mínimo en el periodo comprendido entre marzo y diciembre de 2019.

Objetivos Generales

● Promover una red de actores culturales -públicos y privados- a nivel local, capaz de trabajar colaborativamente en una agenda cultural y creativa en cada uno de los barrios.

● Fortalecer la identidad de cada uno de los barrios.

● Fomentar la cercanía del vecino a la oferta cultural de su entorno.

Objetivos Específicos

Que los participantes propongan un proyecto de participación colaborativa (por lo menos deben participar cuatro actores del barrio) a fin de fomentar proyectos creativos, innovadores y asociativos en el territorio, a los efectos de incentivar y potenciar el consumo de recursos culturales de cada barrio, mejorando la calidad de vida de las personas y la comunidad. Que además, estas ideas-proyectos sean diseñadas desde la perspectiva de las comunidades creativas, como sector cultural estratégico en la generación de valor y empleo.

2. DESTINATARIOS

En este sentido a título ejemplificativo pueden presentarse organizaciones privadas, colectivos autogestionados, proyectos artísticos-culturales multidisciplinarios, cafés notables, bares culturales. Es decir, el protagonista es el barrio en su totalidad con las propuestas culturales integradoras que armen una red. Los proyectos interesados deberán ser de carácter asociativo, con un mínimo de cuatro (4) organizaciones y/o actores culturales por proyecto, de las cuales una (1) deberá contar con personería jurídica en el caso de tratarse de organizaciones privadas.

Que los participantes:

a) Identifiquen una necesidad u oportunidad de mejora dentro de la oferta cultural del barrio por medio de la creación de una red entre los distintos actores.

b) Propongan una idea-proyecto en el concurso “Barrios Creativos” que aborde la necesidad identificada y busque darle identidad propia al barrio, en el plazo de un año desde el inicio en marzo del 2019

c) Se asocien con un mínimo de cuatro (4) actores culturales, todos pertenecientes al mismo barrio.

3. FORMA Y PLAZO DE INSCRIPCIÓN

La inscripción al certamen dará comienzo el primer día hábil posterior a la publicación de las presentes bases en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, y se extenderá hasta 60 días después del 05 de mayo de 2018. De ser necesario, con el objeto de garantizar la adecuada difusión del certamen, así como la pluralidad en la participación de los barrios destinatarios, la autoridad de aplicación, designada en los términos del artículo 4° de la presente Resolución, podrá prorrogar, por única vez, el plazo de inscripción al concurso.

Podrán participar todos aquellos actores culturales que constituyan domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y presenten al menos uno de los actores miembros de la propuesta una (1) personería jurídica. Así como la documentación que se enumera a continuación (la misma deberá ser completada y dirigida al e-mail del MENTOR que corresponda a tu barrio):

Copia del Documento Nacional de Identidad de todos los participantes.

Personas jurídicas públicas y privadas: datos del representante.

Fecha y datos del acto de constitución o creación, según el caso.

Constancia de inscripción en AFIP.

Antecedentes que contemple fecha de inicio de la organización y actividades más destacadas (máximo 1000 caracteres).

Especificar al barrio al cual representan.

En caso de pasar a la siguiente instancia, deberán participar de 23 foros con mentores especialmente seleccionados para cada barrio, que los acompañarán y guiarán durante todo el proceso de gestión del proyecto.

La asistencia a estos encuentros es de carácter obligatorio y será ponderada en el momento de la evaluación final.

4. EVALUACIÓN Y SELECCIÓN

Comité Evaluador

La evaluación de las presentaciones estará a cargo de un jurado de cuatro (4) miembros encabezado por: La Directora General de Promoción Cultural y El COMITÉ EVALUADOR que estará compuesto por tres (3) jurados externos seleccionados especialmente para dicha tarea.

El jurado evaluará, en primer término, la documentación contenida en cada presentación verificando que se encuentre completa. Si existieran presentaciones que no superen los requisitos de admisibilidad, por falta de documentación, y/o debido a la existencia de documentación que no se encuentra respaldada por autoridad competente, o cualquier otro motivo, se dejará constancia de que esos barrios no fueron incluidos en la segunda etapa del análisis y del motivo.

La decisión del Comité Evaluador es inapelable.

Selección

De los trabajos recibidos, EL COMITÉ será el encargado de evaluar y seleccionar aquellas propuestas que cumplan los criterios de evaluación que se detallan en el siguiente título.

La DIRECCIÓN GENERAL PROMOCIÓN CULTURAL comunicará a los participantes que han resultado seleccionados, el día del evento de cierre (Noviembre, fecha a definir). En caso de que la Unidad Evaluadora lo considere necesario, podrá solicitar información ampliada de cada propuesta. Así mismo será publicado en el BOLETÍN OFICIAL.

EL COMITÉ elaborará un acta con su decisión la cual será publicada en el sitio web.

El acta será aprobada mediante el acto administrativo pertinente, emanado de la autoridad de aplicación del programa. La misma no será objetable o pasible de revisión en el aspecto conceptual, sin perjuicio de los recursos que puedan interponerse contra el citado acto administrativo, en el marco de la normativa vigente y por las razones que la misma habilita.

Criterios de evaluación

A fin de determinar el ganador y quienes serán reconocidos con las menciones, el Comité Evaluador tendrá en cuenta los siguientes criterios:

● Diversidad: proyectos ambiciosos, creativos e innovadores que reflejen la identidad barrial y den cuenta de la amplia y heterogénea oferta cultural de los barrios de la Ciudad de Buenos Aires.

● Asociatividad: Proyectos en el que participen la mayor cantidad de actores locales posibles.

● Impacto: Proyectos con fuerte incidencia en el territorio y visión de largo plazo.

● Viabilidad: Proyectos que sean realizables en el plazo de un año.

Cada uno de los criterios y variables presentará por parte del Comité Evaluador una valoración de 0 a 5 puntos. La evaluación tendrá como resultado un puntaje final conformado por la suma del puntaje obtenido, estableciéndose un orden de mérito de los proyectos seleccionados. Será condición necesaria, haber superado los criterios de admisión y exclusión establecidos en las presentes Bases y Condiciones.

Premio y menciones

1 Premio Barrios Creativos de $ 5.500.000

1 Mención especial de $ 2.500.000

1 Mención especial de $ 2.500.000

1 Mención especial de $ 2.500.000

11 actividades apoyadas de propuestas no ganadoras

El pago se realizará aproximadamente a los 30 días hábiles antes de cada actividad. La cantidad de desembolsos correspondientes dependerá del programa presentado. De no haber cumplido con la actividad anterior no recibirán el pago siguiente.

Los seleccionados deberán presentar ante la autoridad de aplicación del programa una póliza de caución de cumplimiento de las obligaciones asumidas, emitida por compañías de seguros autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación.

La misma deberá ser extendida a favor del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires equivalente al 10 % del valor del premio a recibir.

Comunicación de resultados

La decisión del Comité Evaluador respecto a los ganadores será aprobada por el correspondiente acto administrativo y será publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio web del programa.

MENTORES

El programa contempla asesoramiento y mentoría, como herramienta destinada a lograr los resultados más eficientes. Se aportará desde la Dirección General mentores por barrio para que inspiren, capaciten y guíen a todas las organizaciones que participen durante el proceso de armado de las propuestas.

Cada mentor deberá durante cinco (5) meses, realizar un encuentro semanal de tres (3) horas cátedra cumpliendo con el dictado de un mínimo de 23 foros. Solamente puede faltar a un foro. La organización del cronograma de los foros dependerá del MENTOR, sin embargo debe notificarlo a la DIRECCIÓN GENERAL con una semana de anticipación.

Los MENTORES serán los encargados de subir los proyectos para que sean evaluados por el COMITÉ (OCTUBRE).

5. ACTA ACUERDO

Los proyectos que resulten seleccionados deberán firmar un Acta Acuerdo con el objeto de adherir formalmente al beneficio del programa, asumiendo las condiciones establecidas y se comprometerán a la ejecución de la totalidad de las acciones comprendidas por el Programa.

Se comprometerán, en este sentido, a cumplir con todos los eventos, seminarios, actos, clases, entre otros, que detallaron en su propuesta.

6. LISTA DE DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA PRESENTAR LA SOLICITUD

Del proyecto

A. Requisitos generales:

  1. Nombre del proyecto.

  2. Ejes temáticos en los que se enmarca el proyecto.

  3. Disciplinas.

  4. Descripción del proyecto (máximo 1000 caracteres).

  5. Fundamentos conceptuales y objetivos generales. (Máximo 500 caracteres).

  6. Programa del proyecto (Actividades que integran la o las jornadas del evento y breve descripción de cada una, día por día y en orden cronológico. Debe ser una programación anual con un mínimo de 4 actividades).

  7. Público destinatario: perfil y cantidad estimada (Máximo 250 caracteres).

  8. Otras organizaciones que colaboran con el proyecto (opcional).

  9. Presupuesto estimado para la implementación del programa y cotizaciones. Cada proyecto debe presentar dos presupuestos, uno de máxima y otro de mínima, teniendo en cuenta el monto del Primer Premio Barrios Creativos hasta cinco millones y quinientos mil pesos ($5.500.000), y de las Menciones Especiales hasta dos millones quinientos mil pesos ($2.500.000). Debe realizarse una descripción pormenorizada de los gastos que lo comprenden sumados en un presupuesto global, utilizando un cuadro por cada actividad, agregando las filas necesarias, completando todos los gastos correspondientes a cada actividad e indicando el total de cada uno (Ver modelo en adjunto). Y finalmente, un presupuesto extendido por los proveedores de bienes y/o servicios, respaldatorios de los valores consignados en las diferentes actividades que se pretenden solventar. El mismo deberá ser extendido por personas humanas (personas físicas) o jurídicas que asuman el compromiso de prestar sus servicios o vender insumos por un precio determinado; y deberán contar con los siguientes datos: nombre y apellido o razón social del proveedor, CUIT, domicilio, detalle de la prestación del servicio o insumo objeto de la contratación, importe, firma y aclaración. En caso de que se incluyan honorarios en el detalle presupuestario, los mismos deberán justificarse mediante notas con nombre y apellido, CUIT, detalle de la prestación del servicio objeto de la contratación, importe, firma y aclaración.

  10. Tres opciones de fechas y horarios tentativos para la realización de la programación propuesta en el proyecto (entre 1 de marzo y el 31 de diciembre 2019), debiendo notificarlas previamente y en caso de algún cambio en las mismas deberá ser notificado a la Dirección de Promoción Cultural. Además deberán incluir los espacios que serán sede de estas actividades.

  11. Descripción de los tipos de espacios requeridos para la realización del proyecto y tipo de uso que se dará a cada espacio (nombrar los espacios posibles). Cualquier proyecto que requiera el uso del espacio público deberá incluir la presentación del permiso de uso correspondiente otorgado por la Dirección General de Ordenamiento del Espacio Público (DGOEP), o la Dirección General de Espacios verdes (DGEV) del Ministerio de Ambiente y Espacio Público (MAYEP), o el comprobante de la tramitación del mismo, al momento de la presentación del proyecto.

  12. Equipamiento técnico requerido, especificar cuál se posee y cuál es el faltante.

  13. Indicar en caso de que el proyecto contemple la contratación de personal: la cantidad de personas involucradas, funciones y tiempo de contratación. Es importante tener en cuenta que no se puede utilizar más de un 50% del monto del premio para el gasto en salario.

  14. Indicar el porcentaje que se destinará a la difusión de los eventos y la estrategia de comunicación y convocatoria para las actividades.

  15. Las actividades que conformen la programación no podrán ser con fines de lucro. Todas deben ser abiertas, libres y gratuitas.

7. PLAZOS Y FECHAS

El plazo para la postulación es perentorio y se extiende desde la publicación de la presente norma en el Boletín Oficial hasta los sesenta días corridos (60), inclusive.

La autoridad de aplicación será la responsable de fijar los tiempos y cronograma cuya difusión se hará mediante el sitio web correspondiente. En caso de modificación del calendario será notificado en el sitio web correspondiente al Programa.

8. RESPONSABILIDADES Y DERECHOS

La participación en la presente actividad, supone el conocimiento y aceptación de todos los términos y condiciones estipulados en las presentes Bases y Condiciones.

El/la participante declara que los datos insertos en el formulario son auténticos, constituyendo dicho documento carácter de declaración jurada.

El/la participante garantiza al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la autoría, originalidad y propiedad de los derechos sobre el proyecto presentado siendo único responsable por reclamos, de cualquier naturaleza que pudieran surgir en relación a la propiedad intelectual del mismo y se obliga a mantener indemne al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

El/la participante no podrá exigir al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires compensación de ninguna naturaleza con causa en la presente actividad, siendo de su exclusiva responsabilidad las obligaciones legales, contractuales o extracontractuales que su participación le pudiera ocasionar.

La decisión de la Dirección General de dejar sin efecto la convocatoria, de no calificar a un participante, u otro supuesto de cancelación de la convocatoria, en ningún caso generará derecho a reembolso o indemnización alguna a favor de los participantes y/o terceros interesados. Asimismo, la Dirección General de Promoción Cultural se reserva el derecho de declarar desierta la presente convocatoria.

9. LEGISLACIÓN APLICABLE Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS

Toda controversia directa o indirectamente relacionada con la presente convocatoria estará regida por el derecho aplicable de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y sometida exclusivamente a la competencia de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

La participación en el programa implica una renuncia irrevocable de los participantes a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiere corresponder.

10. AUTORIZACIÓN PARA UTILIZACIÓN Y DIFUSIÓN DE IMAGEN

Al postular al presente Concurso, los participantes autorizan, por el término de dos (2) años, a la autoridad de aplicación:

I.- Utilizar la totalidad de los derechos de su imagen obtenidas en las diferentes filmaciones realizadas y/o sesiones de fotografía, efectuadas en el marco de las actividades llevadas adelante por el Concurso, para su exhibición en los diferentes medios de difusión internos y externos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La presente cesión se realiza sin ninguna limitación geográfica. Las fotografías y filmaciones podrán ser usadas en todo los medios técnicos conocidos en la actualidad y los que pudieran desarrollarse en el futuro para su difusión pública y/o para cualquier aplicación que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires considere pertinente. II.- La presente cesión de derechos de imagen, se efectúa a título gratuito, hecho por el cual nada tendrá que reclamar al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por ningún concepto y/o causa derivado de esta cesión. III.- El/la ganador/a no hará responsables al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ni a sus funcionarios en caso de reclamos judiciales y/o extrajudiciales, cualquiera fuera su naturaleza, contra reclamos de cualquier tipo y monto, cuya causa tuviera origen en el uso, modificación y/o utilización indebida, que llevarán a cabo terceras personas, de las imágenes que se autoriza a difundir. Cláusula Anticorrupción Será causal determinante del rechazo sin más trámite del proyecto, dar u ofrecer dinero o cualquier dádiva a fin de que un funcionario del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, haga o deje de hacer algo relativo a sus funciones, como así también ejercer influencia en otro para que haga o deje de hacer algo relativo a sus funciones. Serán considerados sujetos activos de esta conducta quienes hayan cometido tales actos, ya sea como representantes, administradores, socios, mandatarios, gerentes, factores, empleados, contratados, gestores de negocios, síndicos, o cualquier otra persona humana o jurídica. Las consecuencias de estas conductas ilícitas se producirán aun cuando se hubiesen realizado en grado de tentativa.

11. IMPEDIMENTOS PARA PARTICIPAR

No podrán ser aceptados como participantes quienes:

a) Se encuentren comprometidos en alguna de las causales de incompatibilidad para contratar con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

b) Sea personal del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Planta Permanente, Planta Transitoria, Locación de Servicio, Asistencias Técnicas, Planta Gabinete).

c) Registren condena por delito doloso.

d) Sean evasores o deudores morosos impositivos o previsionales o deudores morosos del Fisco Nacional o de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por decisión judicial o administrativa firme.

Los/as postulantes deberán completar la declaración jurada en la que manifiesten no hallarse incursos en ninguna de las circunstancias señaladas precedentemente (Anexo II). e) Familiares directos de los miembros del Jurado del presente.