Defensa Civil

La Dirección General de Defensa Civil forma parte del sistema de atención integral de siniestros y desastres de la Ciudad. Desarrolla diversas tareas atinentes a la gestión integral del riesgo, trabajando tanto en la en la reducción de riesgos (prevención, mitigación y preparación) como en el manejo de crisis (alerta y respuesta) ante la ocurrencia de eventos adversos.

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La Dirección General de Defensa Civil trabaja, en lo que hace a la respuesta ante emergencias (incendios, derrames de sustancias tóxicas, inundaciones, etc.) en coordinación con los demás organismos intervinientes para salvaguardar la vida y los bienes de la población y mitigar los posibles riesgos asociados al evento.

Respecto de las acciones preventivas y de preparación, esta repartición se encarga de la evaluación y control de los planes de evacuación de discotecas bailables, geriátricos, eventos masivos, etc. Según la legislación vigente y el asesoramiento en materia de medidas contra incendio y seguridad en edificios públicos y privados.

Se realizan también relevamientos socio técnicos de diverso tenor con el objeto de minimizar los riesgos existentes y es posible consultar y analizar las distintas variables que se puedan presentar ante una emergencia a través del Sistema de Información Geográfico (SIG) realizándose estudios preliminares de riesgo.

En lo que hace al trabajo permanentemente con la comunidad, se desarrollan actividades de capacitación en instituciones públicas, privadas y del tercer sector, tendiendo a la formación de multiplicadores y promoviendo el fortalecimiento de los lazos con diversos grupos comunitarios. Además, promueve la difusión de medidas de autoprotección por diversos medios.

Responsabilidades primarias

  • Entender en el desarrollo y funcionamiento integral del Sistema de Atención en Emergencias y Desastres de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según los términos de la Ley 22.418, su Decreto Reglamentario y el Plan Director de Emergencias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • Coordinar, planificar y controlar las operaciones destinadas a la protección de la población ante situaciones de catástrofe, siniestros y otros.
  • Desarrollar hipótesis de emergencias para operar ante riesgo potencial.
  • Intervenir en la prevención y control de siniestros en todos los edificios y organismos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Marco legal en la Ciudad de Buenos Aires

En el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires rige la Ley 22.418 (1981) y su Decreto Reglamentario 1170/82. La mencionada Ley otorga al entonces Intendente las misiones de planificación, organización, promoción, coordinación, control y dirección de la Defensa Civíl y eventualmente la conducción de las operaciones de emergencia dentro del ámbito municipal. A través del Decreto Reglamentario se le otorga además la facultad de declarar el estado de emergencia y la conducción de las operaciones de emergencia pudiendo delegarse éstas en el Director General de la Dirección General Defensa Civíl.

En el año 2005, a partir del Decreto Nº 92 G.C.B.A., se crea la Subsecretaría de Emergencias. La Dirección General de Defensa Civíl pasa a integrarla junto con otros organismos que dan respuesta a la emergencia.

Actualmente las responsabilidades primarias de la Dirección General de Defensa Civíl son las establecidas en el Anexo del Decreto Nº 2075/07 del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Con el Decreto 695/09, ante "la necesidad de abordar la problemática desde sistemas más modernos y de probada eficacia en distintas ciudades del mundo" se aprueba el "Plan Director de Emergencias", que "constituye el marco de referencia para que todas las áreas del GCBA den respuesta ante situaciones de amenaza a la comunidad".

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