Sistema Informático de Obras de Infraestructura y Arquitectura Urbana

Sistema Informático de Obras de Infraestructura y Arquitectura Urbana

La Subsecretaría de Ingeniería y Obras Públicas tiene bajo su órbita el Sistema Informático de Obras de Infraestructura y Arquitectura Urbana (SIDIAU), creado por Ley 1.852. Este sistema tiene como finalidad la creación de una base de datos que sirva para disminuir al máximo los riesgos operacionales en la vía pública en términos materiales y humanos. Además debe facilitar el control y planificación tanto de redes subterráneas, áreas de espacio público, espacio aéreo, subterráneo, como de edificios donde funcionen dependencias del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Áreas que comprenderá el SIDIAU

Edificios Públicos

Contendrá un detalle de todas las obras relacionadas con edificios públicos. Se detallarán todos los edificios públicos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires o que se encuentren afectados a su uso. El sistema informático incluirá la ubicación, características edilicias, destino, dependencias del Gobierno que funcionan en el mismo, información de dominio y situación de ocupación.

Instalaciones y servicios públicos subterráneos

Contendrá un detalle de todas las instalaciones y obras subterráneas. Incorporará los planos de instalaciones y conductos subterráneos. Dicha información se mantendrá actualizada en forma permanente a través de un "Mapa Informático de Instalaciones Subterráneas de la Ciudad de Buenos Aires", que incluirá además las nuevas instalaciones subterráneas o sus remociones o modificaciones.

Vía pública y espacio aéreo

Contendrá un detalle de todas las obras en la vía pública o que afecten el espacio aéreo, la ubicación de las antenas emisoras o receptoras de señales de radiofrecuencia y sus estructuras -portantes, así como la ubicación de cualquier tipo de tendido aéreo de cable. Dicha información se plasmará en un "Mapa de Obras de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" para permitir un mejor ordenamiento, administración y coordinación, simplificando el procedimiento de registración, emisión, seguimiento y control de permisos de apertura en la vía pública, agilizando la búsqueda e intercambio de información.

Asimismo, contará con la siguiente información:

  • Empresas que ejecutan obras en la vía pública;
  • Representantes técnicos;
  • Antecedentes;
  • Sanciones y multas;
  • Permisos de aperturas de vía pública y documentación de obra.

Con respecto a las antenas emisoras o retransmisoras de señales de radiofrecuencia deberá incorporarse, además, la información sobre la radiación que emiten, tanto en forma individual como concurrente con las antenas próximas.

Código de colores

Ley 1.852