Las obras sociales y entidades que prestan servicios de salud (empresas de medicina prepaga, asociaciones mutuales, etc.) están obligadas a cumplir con las coberturas establecidas en el Programa Médico Obligatorio de Emergencia Resolución 201/02 del Ministerio de Salud (MS), sus modificatorias y anexos.
Programa Médico Obligatorio de Emergencia - Res.201/02 M.S.
Establece las prestaciones básicas esenciales que deben garantizar las Obras Sociales y Agentes del Seguro a toda la población beneficiaria. Para acceder a la resolución con sus anexos y modificatorias haga clic aquí.
Descuentos en medicamentos Res. 310/04 M.S.
Establece un 100% de descuento para los medicamentos recetados durante la internación, 70% para los destinados a patologías crónicas, que requieren de su empleo de modo permanente o recurrente. Descargue la resolución en archivo pdf haciendo clic aquí.