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Atención Ciudadana
147

¿Qué trámites y servicios se pueden realizar en los CGPC?

Los 15 Centros de Gestión y Participación Comunal constituyen la base de la descentralización administrativa del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y están organizados según los límites territoriales establecidos en la Ley de Comunas.

En los CGPC, os vecinos pueden efectuar trámites vinculados a Rentas, Registro Civil, Infracciones de tránsito, entre otros.

Asimismo, pueden acceder a diversos servicios, realizar denuncias frente a la vulneración de sus derechos como ciudadanos o reclamar ante deficiencias en la prestación de servicios públicos.

Los CGPC son un canal para la participación barrial, a través de diferentes instancias que promueven el protagonismo colectivo y la búsqueda consensuada de soluciones.

¿Cómo se puede iniciar un reclamo?

Vía Internet se pueden iniciar los reclamos por deficiencias en el mantenimiento del espacio público, o inconvenientes relacionados con: alumbrado público, arbolado, autos abandonados, casas abandonadas, baches, contaminación, construcción clandestina, control de plagas, mantenimiento de plazas y edificios públicos, recolección de residuos, ruidos molestos, semáforos y señales de tránsito, sumideros y alcantarillas, veredas, entre otros.

Se debe completar un formulario que llegará por e-mail al Call Center del Gobierno de la Ciudad. Allí se evaluará la pertinencia del reclamo y se ingresará como expediente para ser remitido al área de Gobierno responsable.

El ciudadano recibirá un correo electrónico en el que se indicará el número de reclamo, el Centro de Gestión y Participación Comunal (CGPC) actuante y el organismo ejecutor del reclamo. Estos datos le permitirán efectuar un seguimiento del trámite en el área que corresponda.

Para mayor información, comunicarse con el Call Center del Gobierno de la Ciudad, de lunes a viernes de 7:30 a 20:30 hs; sábados, domingos y feriados de 8 a 20 hs.

  • Teléfono: 147 (BsAs).

¿Cuáles son las competencias del Registro de Organizaciones de Acción Comunitaria (ROAC)?

El Registro de Organizaciones de Acción Comunitaria se desprende de la Subsecretaría de Atención Ciudadana que depende de la Jefatura de Gabinete de Ministros. (Decreto Nº 2075 – 2007)

Tiene como propósito el reconocimiento y constatación de las entidades que están constituídas de hecho o de derecho y desarrollan tareas sociales sin fines de lucro en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

El ROAC cuenta en la actualidad con más de 1.500 entidades inscriptas y que actualizan su documentación cada año.

¿Cuáles son los requisitos necesarios para inscribir una organización sin fines de lucro en el ROAC?

El trámite de inscripción es gratuito y se realiza en las oficinas del ROAC, donde s e asesora a los interesados acerca de los requisitos y los documentos que deberán presentar para su incorporación en el registro. A estos se les entrega una Carpeta de Inscripción que contiene los modelos de documentación, a saber:

  • Un modelo de Acta Constitutiva que sirve para iniciar el Libro de Actas;
  • Un modelo de Estatuto Social en el que se establecen los fines, las atribuciones y obligaciones de los miembros que la integran;
  • Las planillas para completar con los datos personales de los miembros de la Comisión Directiva, Asociados, Socios Fundadores;
  • Planilla de Constancia de Sede

Una vez presentada y verificada la documentación y llevada a cabo la constatación de la sede de la futura organización de forma presencial con apoyo de material fotográfico se expide el certificado de inscripción con el número que le fue asignado.

La documentación de las entidades inscriptas debe ser actualizada una vez al año por lo que se cursan Cédulas de Notificación invitando a las entidades a actualizar la documentación de sus legajos en forma permanente.

Los Centros de Jubilados y Pensionados deben figurar en el ROAC para aspirar a ser inscriptos en el Registro Nacional de Entidades de Jubilados y Pensionados de la República Argentina dependiente del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP) y también en el Registro de Centros de Jubilados y Pensionados dependiente de la Subsecretaría de la Tercera Edad en el Ministerio de Desarrollo Social del Gobierno de la Ciudad.

¿Que beneficios obtiene una organización al estar inscripta en el ROAC?

Las organizaciones acceden a la posibilidad de gestionar ante la Dirección General de Rentas (GCBA) la condonación de impuestos, tasas, derechos y contribuciones. Ley N° 186-999 (B.O. N° 711, del 09-06-1999).

Asimismo acceden a participar en los Consejos Consultivos Honorarios de cada Centro de Gestión y Participación Comunal (CGPC).

¿El vecino puede participar de una Audiencia Pública? ¿De qué manera?

La Audiencia Pública –instituto de participación consagrado por la Constitución de la Ciudad y sancionado por la Legislatura en el año 1998- constituye el espacio institucional para el contacto entre la autoridad responsable de la toma de decisión y los ciudadanos.

Le ofrece a los vecinos/as la posibilidad de conocer un proyecto (ventajas y desventajas que conlleva su realización), y para los funcionarios es una oportunidad para la gestión pues transparenta la ejecución de un acto administrativo.

Las personas interesadas en exponer su parecer durante una Audiencia Pública determinada deben acercarse en el plazo de inscripción establecido, con DNI que acredite domicilio en la Ciudad, al lugar de Registro habilitado para la ocasión. En el caso de las instituciones o asociaciones, estas pueden inscribirse a través de sus representantes legales o apoderado, acreditando los libros correspondientes y copia certificada de designación de mandato.

Cada participante cuenta con una intervención oral de hasta 5 (cinco) minutos pudiendo, en caso que necesite ampliar su exposición, presentar un escrito que será incorporado al expediente.

Por su parte, quienes sólo quieran presenciar la Audiencia, tendrán que acercarse a la misma en fecha y horario correspondiente.

¿Qué es el Presupuesto Participativo?

El Presupuesto participativo es una herramienta de los vecinos, por medio de la cual pueden decidir el destino de los fondos públicos, para su aplicación en proyectos para su barrio, de acuerdo a la realidad y necesidades de cada uno.

Estos proyectos son elevados al área correspondiente, donde se evalúa la viabilidad de los mismos. Luego, los vecinos participan a través del voto, priorizando aquellos proyectos que así lo merezcan, para después incorporarse en el anteproyecto legislativo de cada Ministerio.

Durante el 2008, se abrió una nueva instancia de participación para los vecinos, ofreciendo, además de la tradicional votación presencial en todos los CGPC, una instancia a través de la web de la Ciudad.

Los objetivos del Presupuesto Participativo son:

  • Profundizar los mecanismos de gestión asociada entre el Estado y la comunidad, avanzando hacia una nueva etapa de participación ciudadana.
  • Priorizar los problemas, la formulación de proyectos, su evaluación y seguimiento en el ámbito territorial.
  • Promover y consolidar el protagonismo ciudadano en el diseño, la discusión y la puesta en marcha de políticas públicas de alcance local.
  • Favorecer el espíritu colectivo para detectar las necesidades barriales, intercambiando ideas y buscando consensos.

¿Cuál es la línea única del Gobierno de la Ciudad?

El 147 es la línea telefónica del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, a través de la cual el vecino puede acceder a información general sobre los distintos servicios de la Ciudad de Buenos Aires.

Las consultas de los vecinos son atendidas por operadores que están organizados según las distintas temáticas: reclamos e información general; infracciones y licencias de conducir y turismo.

Los días y horarios de atención son los siguientes: lunes a viernes de 7.30 a 20.30 hs.; Sábados, domingos y feriados de 8 a 20 hs.