Registro
Se informa a los interesados que a partir de enero de 2012 la oficina 501 atenderá de lunes a jueves. Los viernes permanecerá cerrada al público.
BAMUSICA lleva el Registro de la Actividad Musical No Dependiente del Ámbito Oficial a fin permitir el goce de las siguientes exenciones impositivas:
- El Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
- La Contribución por Publicidad en todas sus formas.
- Las contribuciones de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Territorial y de Pavimentos y Aceras, Mantenimiento y Limpieza de Sumideros y de la Ley 23.514.
Requisitos para su inscripción y para mantener las exenciones impositivas:
- Cumplir con las exigencias de los instructivos publicados.
- Informar antes del 30 de junio de cada año la programación musical realizada y la programación prevista para la segunda mitad del año.
- Proyectar y realizar una programación integrada como mínimo por el 80% de espectáculos musicales.
La inscripción en el registro es permanente, de lunes a miércoles de 11 a 16 hs. en Av. de Mayo 575 – 5º Piso - Of. 501.
Los registrados podrán presentar proyectos musicales solicitando un subsidio (ver Formularios e Instructivos para la presentación de proyectos 2011 en la sección Información para Aspirantes a Beneficiarios).
Formularios y Instructivos para el registro 2013